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SAG informa nuevos requisitos para salida de animales del país

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Para viajar con animales de compañía, éstos deberán estar inscritos en el registro nacional de mascotas.

Desde el  13 de febrero de 2019, la emisión, por parte del Servicio Agrícola y Ganadero, de Certificados Zoosanitarios de Exportación (CZE) para animales de compañía que viajen al extranjero tendrá un nuevo requisito: se exigirá que éstos estén previamente inscritos en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía y en el Registro Nacional de Animales potencialmente peligrosos de la especie canina, en caso que corresponda.

En el marco de la Ley sobre Tenencia responsable de mascotas y su reglamento se establece que los animales de compañía deben estar inscritos, lo que será verificado por nuestros funcionarios en el sitio

http://www.registratumascota.cl 

previo a la emisión del Certificado Zoosanitario de Exportación”.

Para la emisión de los certificados zoosanitarios de exportación, al SAG le corresponde verificar que los animales cumplan con los requisitos de ingreso exigidos por el país de destino, entre los que se encuentra un certificado de salud emitido por un médico veterinario con una antigüedad máxima de 10 días que acredite que la mascota se encuentra clínicamente sana y apta para viajar, que ha recibido un tratamiento antiparasitario (el cual debe ajustarse al requerimiento del país de destino), certificado de vacuna antirrábica o un examen de títulos de anticuerpos contra la rabia (dependiendo de las exigencias del país de destino), entre otros. Este trámite tiene un costo de 0,14 UTM y el documento tiene un plazo de entrega 24 a 48 horas hábiles, por lo que se recomienda programarse y solicitarlo con anticipación.

Para saber los requisitos específicos de cada país la recomendación es visitar el Sistema de Requisitos Sanitarios para la Exportación de Animales Vivos y Productos de Origen Animal, en el enlace

http://reqpecuaria.sag.gob.cl/

, donde se encuentran especificados por país.

En el caso de los animales que retornen a la Unión Europea (UE) y que hayan ingresado a Chile con el pasaporte emitido por la Comunidad Europea, no requerirán solicitar un certificado. A la salida del país solo deben portar dicho documento vigente, independientemente del tiempo de permanencia en Chile.

Respecto al regreso de las mascotas al territorio nacional, el Certificado Zoosanitario de Exportación tiene una vigencia de 21 días calendario, por lo que si el retorno es dentro de dicho plazo, sólo tendrá que presentar la copia de este documento, acompañado de los mismos certificados de salud y de vacuna antirrábica (o de anticuerpos) que presentó al SAG para solicitar la salida de la mascota. Si la estadía supera dicho plazo, se deberá obtener un nuevo certificado extendido por la autoridad sanitaria oficial del país de procedencia.

Más información en 

http://www.sag.cl

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